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La Justicia Federal puso un freno al decreto del Gobierno que suspendía la Ley de Financiamiento Universitario

En el marco de un amparo colectivo, el juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11, dictó una medida cautelar que dejó provisoriamente sin efecto el Decreto 759/2025 y ordenó al Poder Ejecutivo cumplir de manera inmediata con la actualización de las partidas destinadas al pago de salarios docentes y becas estudiantiles.

El magistrado consideró que la decisión del Ejecutivo presenta, en esta etapa inicial del proceso, rasgos de “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta”, al haber condicionado la aplicación de una ley sancionada por el Congreso de la Nación tras la insistencia legislativa de ambas cámaras, luego del veto presidencial del presidente Javier Milei.

La acción judicial fue promovida por el Consejo Interuniversitario Nacional y otras entidades, que cuestionaron la validez constitucional del decreto presidencial al entender que vulnera el principio de división de poderes y el mandato expreso previsto en el artículo 83 de la Constitución Nacional. Entre los fundamentos del fallo, Cormick sostuvo que la insistencia legislativa no admite, en principio, una “variante suspensiva” por parte del Poder Ejecutivo frente a una norma que ya adquirió fuerza de ley.

En su análisis, el juez remarcó que la medida cautelar solicitada tiene carácter innovativo, ya que ordena el cumplimiento inmediato de disposiciones legales, y recordó que este tipo de resoluciones sólo pueden dictarse cuando se acredita una inobservancia clara de un deber jurídico y un daño concreto que no pueda repararse por otra vía. En ese sentido, afirmó que la pérdida del poder adquisitivo de docentes y becarios continúa produciéndose y afecta derechos laborales y educativos protegidos tanto por la Constitución como por tratados internacionales de derechos humanos.

El fallo también abordó el impacto presupuestario de la norma y descartó que la cautelar comprometa el interés público, al señalar que el costo fiscal estimado de la ley representa apenas el 0,23% del Producto Bruto Interno, según datos de la Oficina de Presupuesto del Congreso. Por el contrario, advirtió que el deterioro salarial podría repercutir negativamente en el derecho a enseñar y aprender.

Finalmente, el magistrado consideró que la solución adoptada por el Ejecutivo al dictar el Decreto 759/2025 resulta, al menos en esta etapa preliminar del proceso, incompatible con el principio de división de poderes. En consecuencia, declaró inaplicable el decreto en lo relativo a la suspensión de la ley 27.795 y ordenó al Estado Nacional cumplir de forma inmediata con las disposiciones sobre financiamiento universitario.
La medida cautelar regirá hasta que se dicte la sentencia definitiva.

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