Cristina Fernández de Kirchner, quien cumple prisión domiciliaria en su departamento de la calle San José 1111 del barrio porteño de Monserrat, solicitó formalmente al Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF 2) que le aclare qué actividades le están permitidas y cuáles le están prohibidas bajo esta modalidad. Lo hizo a través de un escrito presentado este miércoles por su defensa.
El planteo fue dirigido a los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, integrantes del TOF 2, el mismo tribunal que ordenó su detención para el cumplimiento de la condena en el marco del caso Vialidad. La presentación cita uno de los puntos del fallo que dispuso su arresto domiciliario, el cual establece que Cristina Kirchner “debe abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”.
Según explicó su abogado, Carlos Beraldi, la solicitud apunta a que los magistrados aclaren si la ex Presidenta puede o no hacer uso del balcón de su domicilio, en el contexto de la amplia difusión pública que tuvo este tema en los medios. La defensa señaló en el escrito que es “imprescindible que se indique si tal comportamiento se encuentra prohibido, ya sea en forma total o parcial y, en este segundo supuesto, cuáles son los alcances de la restricción”.
El tribunal, al disponer la detención, había ordenado que Cristina Kirchner permanezca en su domicilio, salvo en casos excepcionales de fuerza mayor debidamente justificados. Además, se estableció que cualquier salida debe contar con autorización previa del TOF 2, sin excepción.
Hasta ahora, no se hizo referencia específica en la resolución judicial sobre la utilización del balcón. Sin embargo, el tribunal remarcó la necesidad de evitar conductas que alteren la convivencia barrial. Al respecto, fuentes judiciales consultadas señalaron que “no se especificó nada al respecto, más que la abstención de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del barrio”.
La defensa busca evitar cualquier interpretación que pueda derivar en un informe desfavorable de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, organismo encargado de evaluar el cumplimiento de las condiciones de la prisión domiciliaria. Cabe recordar que un informe negativo podría poner en riesgo el beneficio del arresto en el domicilio.