La Corte Suprema de Justicia de Tucumán confirmó este lunes las condenas contra 11 policías que protagonizaron la sedición ocurrida en diciembre de 2013, cuando un sector de la fuerza se autoacuarteló, retiró patrulleros de circulación y dejó a la provincia sumida en el caos. El máximo tribunal provincial rechazó los recursos de las defensas y calificó el hecho como un acto de “sedición agravada que atentó contra el orden democrático”.
“El orden constitucional y republicano no admite subversiones desde dentro de los cuerpos policiales”, afirmaron los jueces en un fallo considerado histórico, que fija un precedente sobre los límites legales de las protestas dentro de las fuerzas de seguridad.
El caso y el proceso judicial
Los hechos juzgados se remontan a los días 8, 9 y 10 de diciembre de 2013, cuando efectivos policiales se atrincheraron en la Subjefatura, bloquearon la salida de móviles, interrumpieron el servicio de emergencias 911 y generaron un vacío de autoridad que derivó en saqueos, barricadas y un clima de pánico social.
El juicio se convirtió en uno de los procesos más extensos y complejos de la historia judicial tucumana: se desarrolló en 87 audiencias, con la declaración de casi 200 testigos y la incorporación de pruebas audiovisuales y documentales. De los 42 imputados iniciales, 11 fueron condenados en primera instancia por la Sala III de la Cámara Penal Conclusional —integrada por Luis Morales Lezica, Fabián Fradejas y Gustavo Romagnoli—, y ahora esa sentencia fue ratificada por la Corte.
Las condenas
Los condenados recibieron penas de prisión efectiva y condicional, además de inhabilitación para ejercer cargos públicos:
- Carlos Daniel Zaragoza: 4 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación por 9 años.
- Diego Darío Urquiza: 3 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación por 10 años.
- Federico Antonio Castro: 5 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación por 11 años.
- Diego Alberto Herrera: 5 años y 8 meses de prisión efectiva.
- Carlos Alberto Reyna: 3 años de prisión efectiva e inhabilitación por 6 años.
- Luis Alberto Herrera, Lucio Marcelino Medina, Néstor Raúl Salinas, Sergio Omar Hogas, Ariel Antonio Herrera, Ángel Ariel Romano y Mario Leonardo Erik Galarzo: 3 años de prisión condicional, con inhabilitaciones especiales.
Un levantamiento armado
La Corte rechazó la defensa de los acusados, que intentaron reducir la causa a un “reclamo salarial”. “Lo juzgado no es un reclamo gremial, sino la utilización ilegítima del poder de fuego del Estado”, sostuvo el fallo, que además ratificó el agravante por ostentación de armas: “Los imputados se atrincheraron en la Subjefatura portando sus armas reglamentarias, configurando un verdadero alzamiento en armas”.
Impacto social
El tribunal destacó que la suspensión del 911, el retiro de móviles y la interrupción de la actividad preventiva generaron un estado de inseguridad que facilitó saqueos y hechos de violencia. En ese contexto, vecinos de distintos barrios levantaron barricadas y organizaron rondas de vigilancia para suplir la ausencia del Estado.
“Aceptar la tesis defensiva equivaldría a tolerar la posibilidad de que quienes deben garantizar el orden constitucional puedan suspenderlo a discreción mediante el uso de la fuerza”, subrayaron los jueces Daniel Leiva (presidente), Antonio Estofán y Daniel Posse.
Precedente institucional
El pronunciamiento sella un mensaje político y judicial: las fuerzas de seguridad no pueden recurrir a la presión armada para imponer reclamos. “El Estado tiene un deber institucional de perseguir penalmente este tipo de conductas, más aún cuando la policía es el brazo armado del monopolio de la fuerza pública”, concluyó la Corte.
Con esta decisión, quedó firme la condena contra los responsables de uno de los episodios más graves de la historia institucional reciente de Tucumán.