En un fallo reciente, la Justicia de Tucumán falló a favor de un transportista y ordenó a la Municipalidad de Concepción que le permita renovar su carnet de conducir, a pesar de tener 33 multas impagas en Buenos Aires registradas en el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (Cenat).
El transportista, Rubén Darío Caraque, presentó un amparo contra la Municipalidad, argumentando que la negativa a renovar su licencia debido a multas de otra jurisdicción era un acto arbitrario y discriminatorio que afectaba su derecho al trabajo.
La Municipalidad de Concepción, en su defensa, sostuvo que estaba adherida al Sistema Nacional de Licencias de Conducir (Si.Na.Li.C.) y que no podía emitir la licencia sin el cumplimiento de los requisitos establecidos, incluyendo el pago de las multas registradas en el Cenat.
El juez Sergio Gandur, de la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativa, analizó el caso y destacó que todas las multas impagas correspondían a infracciones cometidas en Buenos Aires y que no se había presentado evidencia de un convenio formal entre la Municipalidad y la Agencia Nacional de Seguridad Vial que respaldara la negativa a renovar la licencia.
Considerando el perjuicio económico que la imposibilidad de renovar su licencia causaba al transportista, el juez Gandur decidió otorgar la medida cautelar y ordenó a la Municipalidad de Concepción que permitiera a Caraque continuar con el trámite de renovación sin exigir el pago previo de las multas de Buenos Aires.